Conducta Libidinosa y Lasciva
La conducta libidinosa o lasciva se define como una de dos acciones. La primera es tocar intencionadamente a alguien menor de 16 años de edad de manera vulgar u obscena. La segunda es pedir a una persona menor de 16 años de edad que cometa un acto lujurioso o sensual.
Consecuencias por Conducta Libidinosa y LascivaLas consecuencias por conducta libidinosa y lasciva dependen de si el acusado era menor o mayor a 18 años de edad cuando ocurrió el acto.
Si el ofensor tenía menos de 18 años, enfrentaría un cargo por delito grave en segundo grave castigable con lo siguiente, asumiendo que esta hubiera sido la primera vez en cometer el delito:
- Sentencia máxima de 15 años en prisión
- Sentencia mínima de 2.5 años en prisión, O
- Libertad condicional si únicamente hay sospecha de la incitación a cometer un acto obsceno
- Posible registro como delincuente sexual, depredador sexual o ambos
Existen muchas circunstancias mitigantes y defensas que pueden aplicar a los casos de contacto libidinoso y lascivo que pueden ayudar a minimizar las consecuencias que usted o un ser querido está enfrentando. Los Abogados de Delitos Sexuales en Florida pueden ubicarlas muy pronto en su caso y otorgarle el resultado triunfante que merece. Contamos con ocho despachos en todo el estado de Florida y están disponibles 24 horas al día, siete días a la semana, para ofrecerle una consulta completamente confidencial. Una representación temprana en casos de conducta libidinosa y lasciva es crucial, así que no demore. Si la policía o autoridades le contactan, llámenos inmediatamente.
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